Ley Núm. 59 del año 1997 LEY NUM. 59 DEL 8 DE AGOSTO DE 1997, LEY PARA REGLAMENTAR LAS PRUEBAS DE DETECCION DE SUSTANCIAS CONTROLADAS EN EL SECTOR LABORAL PRIVADO.
P. de la C. 70) Ley 59, 1997
Hoy estaremos haciendo un análisis de esta ley, bajo nuestra propia interpretación, haciendo la advertencia que no somos abogados y esta no constituye una consulta legal, se hace por los méritos de los años que llevo trabajando esta ley y creando los protocolos que la misma ley exige. Lo marcado entre comillas, es copiado de la propia ley.
Comencemos con el título, esta ley es para reglamentar las pruebas de dopaje, que a simple vista, aparenta ser un reglamento, pero no lo es, por otro lado, lado, las personas creen que esta ley, es para establecer empresas libre de drogas voluntariamente. Según lo veremos en el próximo párrafo
” Para reglamentar o facilitar las pruebas de detección de sustancias controladas en el sector laboral privado, mediante el establecimiento por parte del patrono, de programas de pruebas para detectar el uso de sustancias controladas. “
A simple vista en su primer párrafo, es lo que aparenta, ser una ley para establecer voluntariamente políticas de sustancias controladas y/o establecer una empresa libre de drogas. Para no hacer esta interpretación larga, al final van a tener disponible la ley para que bajen, vamos a pasar al artículo 7 en particular, donde desde nuestra interpretación, estas empresas están obligadas en ley en tener una reglamento para cumplir con la misma.
“Artículo 7.-Actividades en que los empleados, candidatos a reingreso y candidatos a empleo estarán sujetos a las pruebas de detección de sustancias controladas.”
“Todos los empleados, candidatos a reingreso y candidatos a empleo tienen la obligación de someterse a pruebas mandatorias en las siguientes actividades:”
(a) “Empleados que trabajen en negocio de armero;”
(b) “Toda persona que controle o maneje cualquier ferrocarril, vehículo de motor que se utilice para transporte de pasajeros independientemente de su cabida mediante paga; cualquier vehículo de motor que se utilice para el acarreo de carga por cualquier vía pública terrestre; o vehículo que se utilice para el transporte de pasajeros o carga por agua o aire;”
(c) “Guardias de seguridad;”
(d) “Empleados cuyas funciones conlleven el manejo y control de drogas y sustancias controladas, explosivos, gases, materiales peligrosos, inflamables, radioactivos, tóxicos, de alto voltaje o sustancias similares.”
Simple. toda empresa de transporte de carga o pasajeros, toda armería y/o club de tiro, toda agencia de guardias de seguridad, toda clinica verde, empresas de gas, según nuestra interpretación están obligadas en establecer una politicas de sustancias de drogas.
Claro esta, este quien suscribe, viene trabajando desde el 1999, con esta ley y por supuesto haciendo políticas para las empresas antes mencionadas y otras empresas como colegios privados y patronos responsables que desean tener una empresa libre de drogas.
Aqui les dejo la ley para que la bajen directo.
Espero este articulo les desea de beneficio. Recuerden NO soy abogado pero por 18 años vengo trabajando este tema, si alguien tiene discrepancias, con mucho gusto les invito que escriban en el área de comentarios y exponga su parte, seria bueno ver las distintas opiniones.